MANUAL DE CONVIVENCIA
Nombre Completo del Establecimiento: Institución Educativa Rural San Lorenzo
Naturaleza: Oficial
Calendario: “A” Enero a Noviembre.
Jornada: 8:00 am. – 3:00 pm.
SITUACIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
(DIAGNÓSTICO)
Este diagnóstico constituye un análisis objetivo, claro y preciso que sintetiza la principal problemática escolar actual y del contexto institucional, los cuales determinan el rol estratégico de la escuela, por lo tanto responden un poco más al diagnóstico interno de la IER San Lorenzo.
Los estudiantes de la IER SAN LORENZO, muestran respeto por los docentes, por su responsabilidad, por su vocación, por el dominio de sus saberes específicos y por la disponibilidad para aclarar dudas cuando tienen dificultades en su aprendizaje.
Se encuentra apertura al diálogo y el reconocimiento de entender el mundo de los niños y jóvenes, perciben aspectos como la concentración, el concenso y el diálogo, como la mejor manera de acercarse al contexto de los estudiantes.
En síntesis se trata del predominio de una democracia participativa capaz de tratar creativamente los conflictos. Aparece una relación caracterizada por lazos de lealtad en razón de amistad. Esos lazos de lealtad se refuerzan en la interacción con los adultos enfatizándose en las diferencias generacionales.
La comunidad educativa dando cumplimiento a la ley general de Educación 115 de 1994 y su decreto reglamentario 1860, ha abierto los espacios de participación que ésta contempla: gobierno escolar y personero escolar. Se abren espacios de participación, análisis, reflexión crítica de los procesos pedagógicos curriculares.
La relación entre estudiantes y padres de familia en general son buenas, debido a que existe diálogo, afecto, amor y comprensión, llegando a conciliaciones y acuerdos para una mejor convivencia en el núcleo familiar.
En la minoría la relación es regular debido a que algunos padres no permanecen en los hogares por sus ocupaciones laborales y en otros casos porque no son los padres quienes conviven con sus hijos; esto hace que ellos busquen otras amistades que no favorecen el crecimiento personal. En otras ocasiones la mujer es la cabeza de familia, y la crianza de los hijos es por parte de los abuelos y estos no obedecen, ni acatan sugerencias, razón por la cual los niños y jovenes hacen lo que desean. Los correctivos que se utilizan en estos casos son los gritos, la negación y la privación de los gustos.
ACUERDO DE APROBACIÓN
El consejo directivo de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL SAN LORENZO, en reunión realizada en el día…………. Acuerda:
Aprobar el manual de convivencia presentado por los docentes y elaborado conjuntamente con la comunidad educativa.
RESOLUCIÓN QUE ADOPTA EL MANUAL DE CONVIVENCIA
(RESOLUCIÓN Nº 01)
Por el cual la INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL SAN LORENZO, adopta el presente manual de convivencia escolar, aprobado por el consejo directivo mediante acuerdo ……. De ………..
CONSIDERANDO
Que los artículos 73 y 87 de la ley general de educación determinan como uno de los elementos de organización administrativa del servicio educativo el reglamento o manual de convivencia en el cual se definen los derechos y obligaciones de la comunidad educativa.
Que los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula en representación de sus hijos estarán aceptando el reglamento.
Que la constitución nacional establece en su artículo 13 la igualdad de derechos de las personas, en su artículo 27, la libertad de enseñanza, en su articulo44 los derechos de los niños, en su artículo 67 el derecho a la educación como un derecho público.
Que el decreto 0230 de 2002 por el cual se dictan normas en materia de currículo, evaluación y promoción de los educandos y evaluación institucional.
Que de acuerdo con el artículo 144 de la ley 115 de 1994 corresponde al consejo directivo adoptar el reglamento de la escuela.
Que la normalización exige la presencia y consenso de los padres de familia, educadores y estudiantes, para lo cual se dio amplia participación en estos estamentos para promover un manual de convivencia que fortalezca un estado social de derechos y cumplimiento de las normas.
MISION INSTITUCIONAL
La razón de ser de la Institución Educativa Rural San Lorenzo está fundada en el estudiante, por lo tanto debe ser guiado, orientado, apoyado y corregido, buscando su formación integral en un contexto que favorezca el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad.
VISIÓN
Para el año 2020 La Institución Educativa Rural San Lorenzo pretende garantizar la cobertura, la calidad, la eficiencia y la pertinencia del servicio educativo a través de su carácter incluyente generando espacios de participación y liderazgo de la comunidad.
JUSTIFICACION
Se pretende con el Manual de Convivencia promover el desarrollo de una cultura de legalidad, que mediante el fortalecimiento de la convivencia democrática y de valores morales, cívicos y culturales logre reducir los conflictos escolares para los miembros de la comunidad educativa: alumnos, padres de familia y profesores y demás, donde la norma se cumpla por convicción y no por temor a la sanción que implica su cumplimiento.
La base del Manual de Convivencia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL SAN LORENZO se fundamenta legalmente en la Constitución Política de Colombia de 1991; en el Decreto 2737 de 1989 o Código del menor; la ley 1098 del 2006 o ley de infancia y adolescencia, La ley General de educación y su reglamento parcial, Decreto 1860 del 03 de agosto de 1994.
CONSTITUCION NACIONAL: Como conjunto de políticas representadas por el estado.
Se destacan los artículos que aportan elementos para una sana convivencia y la formación democrática:
Articulo 1. Las normas colombianas se fundamentan en el respeto por la dignidad humana en el trabajo y en la solidaridad de las personas.
Articulo 2. El estado debe asegurar la convivencia pacifica y la vigencia de un orden justo.
Articulo 10. El castellano es el idioma oficial de Colombia.
Articulo 13. Todas las personas nacen libres e igual ante la ley.
Articulo16. Libre desarrollo de la personalidad.
Articulo 29. El debido proceso se aplicará a toda clase de actividades judiciales y administrativas.
Articulo 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.
Articulo 41.Obligatorio el estudio de la constitución y la institución cívica.
Articulo 42. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad.
Articulo 44. Derechos fundamentales de los niños.
Articulo 45. El adolescente tiene derecho y a la formación integral.
Articulo 47. El estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos.
Articulo 52. Derecho a la creación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.
Articulo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social.
Articulo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano la ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que pueden afectarlo.
Articulo 27. Que tiene que ver directamente con educación.
LEY 1098 DEL 2006 “INFANCIA Y ADOLESCENCIA”
Donde aparecen las obligaciones de las instituciones educativas.
Articulo 28.Derecho a al educación.
Articulo 42. Obligaciones especiales de las instituciones educativas.
Articulo 43. Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos.
Articulo 44. Obligaciones complementarias de las instituciones educativas.
Articulo 45. Prohibición de sanciones crueles humillantes y degradantes.
LEY 115 DE 1994 “LEY GENERAL DE EDUCACION”
Con el fin de mejorar la calidad de la educación desde los principios básicos de la sana convivencia.
Articulo 1. Objeto de la ley.
Articulo 2. Servicio educativo.
Articulo 3. Prestación del servicio educativo.
Articulo 4. Calidad y cubrimiento del servicio.
Articulo 5. Fines de la educación.
Articulo 7. La familia.
Articulo 12. Atención del servicio
Articulo 13. Objetivos comunes de todos los niveles.
Articulo 46. Integración con el servicio educativo.
Articulo 47. Apoyo y fomento.
Articulo 48. Aulas especializadas.
Articulo 49. Alumnos con capacidades excepcionales.
Articulo 87. Reglamento o manual de convivencia.
Articulo 91. El alumno o educandos.
Articulo 93. Representante de los estudiantes.
Articulo94. Personero de los estudiantes.
DECRETO 1860 DE 1994: Reglamenta el manual de convivencia.
CIRCULAR 21 DE 1994: Aplicación de normas sobre porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en el servicio educativo.
DECRETO 1108 DE 1994: Del ministerio de justicia y del derecho en él se coordina las disposiciones normas y se previene sobre el uso de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en los establecimientos educativos.
DECRETO 2082 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 1996: Reglamenta la atención educativa para las personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales (integración escolar)
APRENDIZAJES BASICOS PARA CONVIVIR
La Institución Educativa de acuerdo con el diagnostico establecido sobre la convivencia escolar en la comunidad busca contribuir en la formación, no solo de saberes sino de preparación a una cultura de valores que generen respeto por la vida, comunicación, integración, decisión cuidados del entorno y de si mismo y elevar la autoestima en los educandos.
La educación debe ser orientada hacia los principios éticos, cognoscitivos, y de eficiencia que nos permita cumplir con nuestros objetivos tal y como lo requiere una sociedad en desarrollo hacia el siglo XXI.
La sana convivencia lleva al hombre a la realización, creciendo juntos y con espacios para todos acercándose al fin para el cual fue creado, SER FELIZ, lo que no lleva a basar nuestra filosofía en los siete aprendizajes básicos para una sana convivencia dando lugar a una cultura del amor con responsabilidad.
- APRENDER A NO AGREDIR AL CONGÈNERE.
- APRENDER A COMUNICARSE.
- APRENDER A INTERACTUAR.
- APRENDER A DECIDIR EN GRUPO.
- APRENDER A CUIDARSE.
- APRENDER A CUIDAR EL ENTORNO.
- APRENDER A VALORAR EL SABER CULTURAL Y ACADEMICO.
- APRENDER A PARTICIPAR.
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
OBJETIVO GENERAL
Promover en la comunidad educativa, mediante el manual de convivencia una cultura de legalidad por medio de acciones pedagógicas que propendan por una formación integral, centrada en los principios éticos y morales que se sustentan en la filosofía de la institución para que haga de la convivencia social el medio principal por el cual se aprende a respetar los derechos humanos y a cumplir con los deberes que los forman como dignos y honestos ciudadanos.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
- Establecer normas, procedimientos y pautas de comportamiento que permitan el crecimiento personal, el desarrollo integral, la convivencia pacifica y democrática de la comunidad educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL SAN LORENZO
- Fomentar el sentido de pertenencia en el educando para que afirme la identidad y la defensa de la nuestro.
- Propiciar la participación responsable de todos aquellos quienes conforman la comunidad educativa en los procesos que adelantan en la institución.
- Comprometer a la comunidad educativa en el cumplimiento de las normas establecidas en el manual de convivencia, interiorizándola como parte integral del proceso socializador de la personalidad.
- Cuidar el entorno natural como la mejor estrategia para defender el ambiente y la vida.
- Integrar la comunidad educativa para que participen en la construcción colectivas de conceptos, proyectos, y propuestas de trabajo pedagógicos, sociales y de investigación
- Contribuir al desarrollo de la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes.
MARCO CONCEPTUAL
DEFINICION DE TERMINOS BASICOS
1. Comunidad educativa: Según lo dispuesto en el articulo 6 de la ley 115 del 94 la comunidad educativa está constituida por las persona s que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional que se ejecuta en un determinado establecimiento o institución educativa.
Se compete de los siguientes estamentos:
- Los estudiantes que se han matriculado.
- Los padres y madres, acudientes o en su defecto, los responsables de la educación de los alumnos matriculados.
- Los docentes vinculados que laboren en la institución.
- Los directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones en la prestación del servicio educativo.
- Los egresados organizados para participar.
Todos los miembros de la comunidad educativa son competentes para participar en la dirección de las instituciones de educación y lo harán por medio de sus representantes en los órganos del gobierno escolar, usando los medios y procedimientos establecidos en el decreto 1860 de 1994.
2. Padres de familia: Son los representantes legales de los estudiantes matriculados o que renuevan su matricula en la institución educativas, con deberes y derechos que le otorga la ley.
3. Acudientes: Son los representantes de los padres de familia y debe cumplir con los mismas aplicaciones .
4. Conducta: Actitudes y disposiciones de ánimos manifestadas habitualmente y que, por lo tanto pueden ser observadas registradas objetivamente.
La conducta esta referida a un modo de comportarse en su medio social, en lo relacionado con los valores éticos, morales y las buenas costumbres, observando lo dispuesto por la constitución, las leyes y el manual de convivencia.
5. Disciplina: Comportamientos y actos que denotan adhesión responsable a los principios y normas que favorecen la formación personal y la convivencia armónica, dentro y fuera de la institución.
El objetivo de la disciplina es ayudarle al alumno a convertirse en una persona que sepa guiarse así misma, ya que la misma disciplina debe ser el resultado de la libertad.
6. Comportamiento: manera específica o general de actuar originada por el propio sujeto o por agentes externos a él.
7. Indisciplina: Falta de disciplina.
8. Estímulos: estrategia educativa que reconocen los esfuerzos de cada estamento en el proceso de crecimiento integral y valora las respuestas positivas a las intervenciones educativas.
9. Medidas de formación: Estrategias que favorecen la toma de conciencia de acciones y actitudes que deben ser modificadas para lograr una progresiva madurez personal y comunitaria.
10. Derechos: Norma de vida para la convivencia. El derecho tiene una nobleza inviolable que la persona y los demás deben respetar y hacerla respetar. Si hay derecho se supone que tiene un deber frente al mismo y se está obligado a algo, y existe otro que tiene la facultad de exigírselo.
11. Deberes: Obligación moral que nace de la convivencia de ser, como persona, sujeto de derechos. El deber genera obligación de dar, hacer o no hacer, y a su vez, la obligación de traducir en responsabilidad, ósea, en la capacidad de responder por los actos propios y en algunos casos de los ajenos.
12. Libertad: es el derecho de disciplinarse a uno mismo (Clemenceau).
13. Alumnos: discípulo de un maestro. Persona que estudia en un centro de enseñanza.
14. Maestro: Orientador y guía del proceso educativo y formativo de la institución, comparte con los padres de familia la responsabilidad de la formación de los educandos.
15. Matricula: inscripción en un establecimiento de enseñanza, que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo durante un periodo académico.
16. Asistencia: Acción de asistir o presencia a un lugar, con lleva la responsabilidad del alumno a asistir al proceso educativo brindado por la institución en hora fijada.
17. Acciones pedagógicas: Mecanismo aplicado a la luz de la pedagogía para estimular el cambio de conducta en el educando.
18. Debido proceso: Conjunto de garantías que protegen al ciudadano sometido a cualquier proceso que le aseguran a lo largo del mismo una recta y cumplida administración de justicia.
19. Currículo: Es el conjunto de actividades planeadas, organizadas, programadas y evaluadas en el campo pedagógico recreativo y científico que permitan el desarrollo integral del estudiante.
20. Evaluación: es el proceso de valoración permanente de todas las actividades desarrolladas por los estudiantes que permitan un acompañamiento constante y la retroalimentación de las metas propuestas.
21. Perfil: Conjunto de características de una persona al actuar en un campo determinado; desenvolverse en un medio especifico.
OBLIGACIONES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. LEY 1098 DE 2006
Obligaciones especiales de las instituciones educativas. Para cumplir con su misión las instituciones educativas tendrán las siguientes obligaciones:
1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia.
2. Brindar una educación pertinente y de calidad.
3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.
4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo.
5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa.
6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica.
7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin.
8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de lo niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.
9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.
10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.
11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales.
12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos.
Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:
1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.
2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores.
3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.
Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para:
1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento.
2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil.
3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud.
4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar.
5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores.
6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.
7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas.
8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad.
9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes.
10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja.
PROHIBICIÓN DE SANCIONES CRUELES, HUMILLANTES O DEGRADANTES.
Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación formal, no formal e informal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar.
PERFILES
PERFIL DEL EDUCADOR
El perfil del docente que se quiere en nuestra INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL SAN LORENZO es:
- Un profesional idóneo, justo y responsable.
- Una persona con sentido de pertenencia con la Institución Educativa
- Un sabio que afiance el desarrollo de la personalidad en los niños.
- Un ser que tenga la virtud para descubrir la particularidad de sus estudiantes.
- Un hombre de imaginación, inquieto, investigativo y participativo.
- Un trabajador solidario – incesante en la búsqueda del bienestar de la comunidad educativa.
- Un guía que conduzca a sus pupilos al final del horizonte donde se establecen las ciencias y la convivencia pacifica.
- Un amante de su que hacer que refleje el amor por el saber y el ser.
- Ante todo ser una persona responsable y ecuánime.
- Que cuide la naturaleza para que la armonía reine en ella como lugar propicio para la paz del hombre.
- Que propicie momentos de reconciliación para que la paz sea más fácil en el medio circundante.
- Maneje el dialogo en todas las direcciones.
- Viva en y para la democracia participativa.
- Oriente a la comunidad educativa para el crecimiento en valores con autonomía y autorrealización.
- Con capacidad autocrítica en la búsqueda de alternativas de solución.
PERFIL DEL ESTUDIANTE
La INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL SAN LORENZO, tiene como propósito formar personas:
- Creativos en su trabajo comunitario, produciendo cambios para su bienestar social.
- Responsables en todas sus tareas asignadas dentro de su entorno y contexto comunitario.
- Ético y moral con principios bien definidos para su trabajo mancomunadamente.
- Comprometido con su educación, deberes y derechos en busca del mejoramiento de la convivencia comunitaria.
- Político con criterios democráticos para un mejor conocimiento de su país, pueblo y comunidad.
- Amable, mostrando amor, cariño y afecto a las personas con quienes comparte y convive a diario.
- Interesado en su bienestar humano y comunitario.
- Promovedores de sus conocimientos y valores sociales, culturales, estéticos, religiosos y ecológicos en beneficio propio y para con los demás.
PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA
Dentro de la institución el padre de familia debe:
- Tomar conciencia del papel que desempeña como primer educador de sus hijos.
- Ser honesto consigo mismo y con sus hijos para un mejor y mayor crecimiento personal.
- Responsable en sus deberes y derechos para ayudar a la formación integral de sus hijos.
- Catalizador activo de sus conocimientos adquiridos.
- Colaborador en sus tareas asignadas para sacar adelante nuestra educación.
- Participante activo en las actividades que se realicen en busca de adquirir conocimientos para su vida y ser transmitidos a los demás.
- Político, transmitiendo sus conocimientos democráticos adquiridos durante su vida para el mejoramiento del ámbito familiar.
PERFIL DEL DIRECTIVO DOCENTE
El directivo docente debe reunir ciertas cualidades para el manejo de la institución, tales como:
- Poseer habilidad para pensar como un gerente o administrador educativo.
- Intuitivo para reaccionar frente a las diferentes actitudes que se presenten dentro de la comunidad educativa.
- Desconfiado, frente a cierta documentación e información que por circunstancias especiales no se le otorga el crédito suficiente o establecer juicios adecuados.
- Sistemático, para mantener una actitud constante de revisar y detectar señales e inicios de eventos y factores obvios y sutiles.
- Ser eficiente para responder oportunamente a las exigencias de la comunidad educativa.
- Comprometido y responsable en la labor que desempeña.
- Ser guía y orientador en el proceso enseñanza-aprendizaje para mejorar la calidad de la educación.
- Convivir y participar activamente en las capacitaciones y actividades que se programen.
- Fomentar un clima de confianza para que el dialogar con sinceridad sea un factor liberador.
CRITERIOS DE CONVIVENCIA DE LOS ESTUDIANTES
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Son derechos fundamentales en la vida de nuestra institución: la formación integral, el trato digno, la integridad física, la salud, la educación, la cultura, la sana recreación y la expresión de opinión.
Como miembros de la comunidad educativa de la Institución todos los estudiantes tienen derecho a:
- Ser tratados con dignidad.
- Ser atendidos a sus reclamos ante profesores y directivos.
- Participar en diferentes eventos deportivos, culturales y sociales que se programen.
- Ser tratado de acuerdo con sus limitaciones físicas e intelectuales.
- Solicitar permisos y que le sean concedidos cuando haya causa justa.
- Hacer uso de los bienes y enseres de la escuela.
- Ser calificado y evaluado justamente por sus actividades de acuerdo a las normas vigentes.
- Elegir y ser elegido en el gobierno escolar.
- Recibir enseñanza y educación de acuerdo a su edad y progreso.
- A no ser privado arbitrariamente de las actividades escolares y a recibir buen trato.
- A conocer oportunamente la evaluación de sus logros y su rendimiento académico.
- Ser tratado con equidad, sin discriminación por razón de su pensamiento, de sexo, raza, origen, religión, condición física, opinión política entre otros.
- Ser tratado con el nombre con que fue registrado ante la autoridad eclesiástica o civil.
- Tener libertad para expresarse y difundir su pensamiento sin violar los derechos de los demás.
- Recibir educación gratuita hasta el noveno grado, excepto cobros especiales.
- Conocer con anterioridad el presente manual de convivencia.
- Ser informado oportunamente sobre los horarios de actividades programadas por la Institución.
- Conocer el plan de estudio y la forma como se va a evaluar.
- Conocer las notas antes de que sean pasadas a los libros reglamentarios y recibir solución a los reclamos que se hagan en forma comedida.
- Presentar evaluaciones extemporáneas por inasistencia justificada concertando con el educador la fecha para ello, dentro de los días acordadas con el docente.
- No ser retirados de clases a excepción de casos graves a donde haya causa justificada que afecte el normal desarrollo de las actividades curriculares.
- Que la información personal que sobre él tenga la institución, se maneje con ética.
- Tener un ambiente de aprendizaje sano, estético y confortable.
- Que se le respeten sus bienes y sus pertenencias.
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Todos los estudiantes de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL SAN LORENZO deben:
- Acatar el presente manual de convivencia.
- Tener buen comportamiento dentro y fuera del establecimiento.
- Dar trato cortés a sus compañeros, maestros y superiores.
- Presentarse a la escuela en perfecto estado de aseo y limpieza.
- Cumplir con las tareas y trabajos.
- Pedir autorización o permiso para usar un objeto o prenda ajena.
- Cuidar los bienes y enseres del establecimiento.
- Usar un vocabulario decente en todo espacio y momento.
- No portar armas.
- No portar, distribuir ni consumir bebidas embriagantes, ni sustancias psicotrópicas.
- Proyectar una imagen acorde con el perfil del estudiante que se está formando en la IER.
- Acatar y dar respuesta oportuna y respetuosa a las sugerencias y solicitudes que hagan los diferentes miembros de la comunidad educativa.
- Respetar el conducto regular y debido proceso.
- Cumplir con las responsabilidades que indica ser elegido como miembro del gobierno escolar y acatar las decisiones que sus compañeros tomen en ejercicio de sus funciones.
- Acatar las pautas propuestas por la institución para participar en las diferentes actividades lúdicas, culturales, deportivas y sociales y cumplir cabalmente con ellas.
- Permitir el ejercicio de libertad de los demás tanto dentro y fuera de la institución evitando el uso de soborno, chantaje e intimidación.
- No ausentarse del establecimiento sin previa autorización.
- Informar oportunamente las causas de inasistencias.
- Hacer buen uso del tiempo y preocuparse por su rendimiento académico.
- Asistir puntual y permanentemente a las clases y actividades programadas por la IER.
- En caso de ausencia, presentar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al cesamiento de la incapacidad o ausencia, la excusa plenamente comprobada y firmada por su acudiente.
- Cuidar y devolver oportunamente y en buen estado materiales como: libros y demás enseres o elementos que se le hayan prestado en el ejercicio de la formación académica, deportiva y social.
- Escuchar, comprender y tolerar sana y humanamente el punto de vista del otro, respetando las diferencias y criterios individuales y/o grupales así no se compartan.
- Atender adecuadamente durante las clases, evitando la indisciplina, el desorden, las disposiciones incorrectas y cualquier manifestación que interrumpa su normal desenvolvimiento.
- Colaborar con el aseo y la buena presentación del aula y la institución, dejando además los implementos de aseo limpios y en su lugar.
- Respetar los valores históricos, culturales y los símbolos patrios de nuestra nación, departamento, municipio e Institución.
- Respetar la vida intima y el buen nombre de todos los integrantes de la comunidad educativa.
- Reportar inmediatamente al director o a un educador cualquier robo o acción indebida de la que haya sido objeto o testigo.
- Denunciar el acoso sexual por y a todos los integrantes de la comunidad educativa.
- Entregar oportunamente cualquier información o comunicación enviada por el director o educador al padre o acudiente.
- Tener una actitud de acogida y respeto por los visitantes que entran a la IE.
- Informar oportunamente a padres de familia o acudientes de las citaciones individuales o generales.
- Preservar y promover el cuidado del medio ambiente y los recursos naturales.
ESTIMULOS
Al alumno se le estimulara, Por su:
- Rendimiento académico.
- Colaboración, compañerismo y afectividad.
- Espíritu cívico y deportivo.
- Liderazgo y sentido de pertenencia
- Aseo y buena presentación.
- Sentido de pertenencia por su Institución.
- Espíritu ecológico.
Los estímulos serán algunos de los siguientes:
- Izada de la bandera.
- Representar al establecimiento en eventos culturales, recreativos y científicos dentro y fuera del municipio.
- Reconocimiento público de sus labores.
- Felicitaciones públicas y privadas con copia a la hoja de vida o ficha personal.
- Buenos informes y calificaciones.
- Congratulación pública y en privado al padre de familia por su participación y colaboración en las actividades escolares.
- Invitación especial al padre de familia a eventos a realizarse dentro y fuera de la Institución Educativa.
- Demás estímulos y premios aprobados por los docentes, consejo directivo y asociación de padres de familia.
FALTAS QUE AFECTAN EL COMPORTAMIENTO
FALTAS DISCIPLINARIAS
Constituye falta disciplinaria y por tanto da lugar a investigación e imposición de la sanción correspondiente, e incumplimiento de los deberes, el abuso o extralimitación de los derechos y la incurrencia en prohibiciones.
El comportamiento debe entenderse como un fenómeno multicausado, por fuerzas de tipo biológico, psicológico y social.
El manual de convivencia debe contemplar todos aquellos deberes y solo aquellos que sean necesarios para obtener la sana y pacifica convivencia, así mismo debe condenar el abuso de los derechos cuando dicha extralimitación perturba la sana y pacifica convivencia, finalmente solo se debe prohibir lo que transgreda, ofenda y/o perjudique la sana y pacifica convivencia en la institución educativa.
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS:
Para clasificar las faltas disciplinarias como graves, gravísima o leves, se tendrá en cuenta; el grado de culpabilidad, el grado dei perturbación de la marcha institucional, los motivos que determinaran los comportamientos, el número de intervinientes, las modalidades y circunstancias del hecho; que se apreciarán, teniendo en cuenta el cuidado empleado a su preparación,, el nivel de aprovechamiento de la confianza depositado en el investigado o la que se derive de la confianza depositado en el investigado o la que se derive de la naturaleza de su cargo o función, el grado de participación en la comisión de la falta, si fue inducido por una persona mayor para cometerla o si la cometió en estado de ofuscación originado en circunstancias o condiciones de difícil prevención y gravedad extrema, debidamente comprobada.
FALTAS LEVES
Se define como faltas leves aquellas situaciones que afectan mínimamente la marcha institucional. La reiterada incurrencia en las mismas, no da lugar a ser catalogadas como faltas graves. Estas faltas serán investigadas por el profesor que conozca la falta (o en su defecto por los docentes de la Institución) y el comité de convivencia, quienes iniciarán la respectiva acción con base en la queja recibida y las pruebas aportadas.
Serán orientados los alumnos que incurran en este tipo de faltas, por el docente que conozca de la falta o en su defecto por el comité de convivencia. La orientación podrá ser consignada en la hoja de vida del estudiante, debidamente firmada por el padre de familia.
La acción disciplinaria de las faltas caduca tres días después de acaecida la falta o identificado el autor(es)
La orientación tiene como término de caducidad el respectivo periodo académico en que se cometió la falta.
LAS FALTAS LEVES SON LA SIGUIENTES:
Impuntualidad a las clases.
- Desórdenes en formaciones y en actos generales de la comunidad.
- Conversaciones que interrumpan las clases y el estudio.
- Falta de comedimiento para atender las recomendaciones.
- Realizar en las clases asuntos diferentes de los señalados por los profesores.
- Perder el tiempo o hacerlo perder a sus compañeros y profesores.
- Negarse a cumplir sus deberes académicos.
- El uso de vocabulario soez, despectivo, ridiculizante, de burla y descortés para con cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Falta de respeto a si mismo, compañeros, profesores, directivos y demás miembros o empleados de la IE.
- Mala presentación personal, descuido de los libros y los útiles escolares.
- El incumplimiento en la presentación de trabajos escolares.
- Gritos estridentes, silbidos y modales incorrectos.
- Inasistencia injustificada a clases y otros eventos programados por la Institución.
- Juegos bruscos o peligrosos en el establecimiento.
- Mal comportamiento dentro del aula en el tiempo de clase y en las horas de descanso.
- Incumplimiento de las normas mínimas de aseo en los espacios utilizados.
- Porte inadecuado del uniforme como distintivo de la Institución..
- Utilización del uniforme en tiempos extraescolares.
- Incumplimiento de las responsabilidades asignadas en algún cargo asumido en el gobierno escolar
- Ingresar a espacios no autorizados.
- Hacer uso del baño como pretexto para ausentarse de las actividades programadas.
- Uso inadecuado de las unidades sanitarias
- Uso inadecuado de los equipos y medios audiovisuales.
- Incumplir con el reglamento de los espacios académicos como biblioteca, sala de sistemas, etc.
- Consumir alimentos o masticar chicle durante clase, como de otras actividades académicas y protocolarias.
- Uso inadecuado de los recipientes para el reciclaje.
- Dejar desaseado y en desorden el lugar de clase al terminar la jornada escolar.
- Arrojar esputos, flemas, saliva, moco etc. en los espacios de la Institución.
- Rayar o escribir en los pupitres, enseres y planta física de la IE.
- Encubrir o negar sus faltas y las de los demás.
- Menospreciar o irrespetar los símbolos patrios, departamentales, municipales e institucionales.
- Escuchar radios y otros aparatos reproductores, al igual que la utilización de teléfonos celulares en el desarrollo de las actividades educativas.
- Reclamar o responder inadecuadamente frente a una situación o un requerimiento presentado.
PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE CORRECTIVOS PEDAGOGICOS
- Dialogo estudiante profesor.
- Dialogo profesor, directivo y estudiante.
- Dialogo profesor, directivo, estudiante y padre de familia.
- Amonestación verbal por una vez con una constancia escrita en el observador. Firmada por el estudiante y el docente.
- Amonestación escrita en el observador. Firmada por el estudiante, el docente y el director.
- Amonestación escrita en el observador. Firmada por el estudiante y el docente, el director y el padre de familia.
PARÁGRAFOS:
- Cuando la dificultad sea de tipo académico, el proceso a seguir es el siguiente:
- Dialogo del docente con el estudiante.
- Dialogo del docente, el estudiante y el padre de familia.
- Dialogo del docente, el estudiante y el padre de familia con el consejo académico.
FALTAS GRAVES
DEFINICION:
Se definen como faltas graves aquellas que interfieren en el normal desarrollo de las actividades institucionales e invaden la esfera de los derechos de los otros miembros de la comunidad educativa.
Estas faltas serán investigadas por el profesor que tenga conocimiento de la falta (o en su defecto por el director de grupo) y el coordinador de disciplina, quienes iniciarán la acción con base en la queja recibida y las pruebas aportadas.
Serán juzgados y/o sancionados los alumnos que incurran en falta graves, en primera instancia por el director del plantel (L. 115/94. Art. 132) y en segunda instancia por Consejo Directivo (Ibídem. Art. 144-b-i), la determinación se tomará por mayoría simple y tal situación debe quedar así plasmada en el manual de convivencia.
El disciplinado tiene derecho durante todo el proceso a ser asistido por el personero estudiantil. El padre de familia o acudiente debe ser notificado desde el momento mismo en que se inicie el proceso en contra de su hijo o acudido. De tal notificación debe quedar constancia.
Las faltas graves serán sancionadas con suspensión hasta por cinco días, la misma se cumplirá una vez se haya ejecutado el acto administrativo sanciona torio o resuelto los recursos interpuestos y podrá contemplar:
Suspensión de actividades extracurriculares
Suspensión de actividades académicas
Cuando la suspensión en relación con actividades académicas, la misma se cumplirá en las instalaciones del plantel, o en su defecto en el lugar que señale el sancionador, cumpliendo las actividades que le sean asignadas.
La acción disciplinaria en este tipo de faltas caduca a los cinco días después de acaecida la falta identificando el autor(es).
La sanción tiene como término de caducidad el respectivo periodo académico en que se cometió la falta disciplinaria.
SON FALTAS GRAVES LAS SIGUIENTES:
- Perturbar grave o violentamente el desarrollo de las actividades pedagógicas.
- La reincidencia premeditada de cualquiera de las faltas leves.
- Maltrato físico, verbal y psicológico para con los compañeros, profesores y demás personas de la comunidad educativa.
- Dañar intencionalmente los implementos, materiales y pertenencias de la IE.
- Ausentarse del establecimiento sin previa autorización
- Maltrato físico a personas animales y a toda la naturaleza.
- Practicar juegos de azar con ánimo de lucro dentro de la institución.
- Presentarse a la IER bajo los efectos de alcohol o drogas psicoactivas.
- Portar armas contundentes, corto-punzantes o de fuego.
- Todo acto contra la moral y las buenas costumbres como: masturbaciones en público, acoso sexual, violación, entre otros.
- Alterar los libros o planillas de calificaciones, registros de asistencia, certificados de estudio y de evaluaciones.
- Atentar gravemente contra el patrimonio cultural y ecológico.
- Tener relaciones sexuales dentro de la Institución Educativa.
- Correrle la silla a un compañero cuando se va a sentar, con el fin de causarle daño.
- Retener, botar, esconder o destruir elementos de compañero o de la IER.
- Causar pánico.
- Comportamientos inadecuados cuando represente a la IE dentro o fuera del municipio en actividades deportivas, culturales, recreativas y académicas.
- Promover desorden con gritos, zancadillas, silbidos, empujones que atenten contra la integridad de la persona.
- Realizar y/o promover juegos que atenten contra la integridad física y moral de los estudiantes y los demás integrantes de la comunidad educativa.
- Desvirtuar la realidad de los hechos o situaciones que suceden dentro de la IER generando chismes que afecten la integridad de las personas.
- Sustraer documentos oficiales.
- Hurtar objetos y alimentos de los compañeros, educadores o de la IE.
- El irrespeto a las creencias religiosas e ideologías políticas o personas pertenecientes a la población LGTB.
PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE CORRECTIVOS PEDAGOGICOS.
Dialogo estudiante profesor
Dialogo estudiante y director de grupo
Dialogo estudiante, director de grupo y padre de familia.
PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES
Amonestación verbal por una vez con constancia escrita en le observador firmado por le estudiante y le educador que conoció la falta.
Si repite la falta por segunda vez se hace amonestación escrita en el observador firmado por el estudiante, educador que conoció la falta, el directivo de la Institución.
Si repite la falta por tercera vez se hace amonestación escrita en le observador, firmado por el estudiante, educador que conoció la falta, el directivo de la Institución, padre de familia y personero estudiantil.
PARÁGRAFO: cuando la dificultad sea de tipo académico, el proceso a seguir es el siguiente:
Profesor de la materia
Directivo de la Institución
Comisión de evaluación y promoción
Comité de convivencia
Consejo directivo
FALTAS GRAVISIMAS
Se define como faltas gravísimas a aquellas que por su magnitud y trascendencia afectan ostensiblemente la marcha institucional además lesionan y perjudican física y/o psicológicamente a los otros miembros de la comunidad educativa. Afectando negativamente su participación en las actividades institucionales o perjudicando su rendimiento académico-comportamental.
Estas faltas serán investigadas por el profesor que tenga conocimiento de la falta quien iniciará la acción con base en la queja recibida y/o las pruebas aportadas.
Serán juzgados y/o sancionados los alumnos que incurran en falta gravísimas, en primera instancia por el director del plantel (L. 115/94. Art. 132) y en segunda instancia por Consejo Directivo (Ibídem. Art. 144-b-i), la determinación se tomará por mayoría absoluta y tal situación debe quedar así plasmada en el manual de convivencia.
El disciplinado tiene derecho durante todo el proceso a ser asistido por el personero estudiantil. El padre de familia o acudiente debe ser notificado desde el momento mismo en que se inicie el proceso en contra de su hijo o acudido. De tal notificación debe quedar constancia.
Las faltas gravísimas tienen un grado de sanción que va desde la mayor suspensión acordada en la IER hasta la expulsión del plantel y perdida de cupo hasta por dos años lectivos.
La falta gravísima tiene la caducidad que imponga la ley en cualquier tipo de delito.
LAS FALTAS GRAVISIMAS SON:
- Presentar documentos falsos para ingresar al establecimiento educativo o para obtener de este algún beneficio.
- Hacer terrorismo verbal, escrito o telefónico dentro o fuera de la IE
- Falsificación y/o alteración de excusas, notas o documentos.
- Acoso sexual, escrito o verbal a cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Consumir, inducir y/o traficar con alcohol, sustancias psicotrópicas o cigarrillos dentro del establecimiento o su contorno o presentarse al plantel bajo sus efectos o en estado de embriaguez.
- Atentar contra la vida propia y ajena.
- Atentar contra la propiedad ajena.
- Reincidencia en quebrantar las normas reglamentarias de la institución.
- Practicar actos de hechicería, brujería o satanismo dentro de al IER.
- Atracar a mano armada dentro o fuera de la institución.
- Escribir y/o difundir pasquines que atenten contra la integridad de las personas.
- Portar sustancias o elementos químicos y/o naturales que al ponerse en contacto con el medio ambiente contaminen e impidan la continuidad de las actividades pedagógicas. (Pedo química, pica pica, explosivos etc.)
- Llevar a cabo o ser cómplice de secuestro.
- Practicar el sicariato.
- Utilizar el soborno chantaje o la extorsión.
- Pertenecer o conformar bandas delictivas.
- Tortura física o psicológica.
PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE CORRECTIVOS PEDAGOGICOS.
Dialogo estudiante profesor.
Dialogo estudiante y director de grupo
Dialogo estudiante, director de grupo y padre de familia.
PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES
Amonestación verbal por una vez con constancia escrita en le observador firmado por le estudiante y le educador que conoció la falta.
Si repite la falta por segunda vez se hace amonestación escrita en le observador firmado por el estudiante, educador que conoció la falta, el directivo de la Institución.
Si repite la falta por tercera vez se hace amonestación escrita en le observador, firmado por el estudiante, educador que conoció la falta, el directivo de la Institución, padre de familia y personero estudiantil.
PARÁGRAFO: cuando la dificultad sea de tipo académico, el proceso a seguir es el siguiente:
Profesor de la materia
Directorivo de la Institución
Comisión de evaluación y promoción
Comité de convivencia
Consejo directivo
PARAGRAFOS:
- Las faltas gravísimas consideradas delictivas serán remitidas a las autoridades competentes.
- Cuando un padre o madre de familia y/o acudiente no cumple con sus funciones contraídas con la IE se le informará a la comisaría de familia o personería Municipal.
- Cuando se presenta una situación de tipo académico, disciplinario o de otro tipo que no este contemplado en este manual de convivencia, será analizada y acordada por los docentes y/o consejo directivo.
- las faltas leves, graves y gravísimas pueden ser conciliables excepto aquellas que tienen connotación delictiva.
DEBIDO PROCESO PARA FALTAS LEVES
Será competente para iniciar el proceso ante la comisión de faltas leves el docente o directivo de la institución que tenga conocimiento de ellas y se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento:
Llamado de atención verbal y establecimiento de diálogo para reconocimiento de la falta y establecimiento de consensos.
Consignación de la falta y del acuerdo pactado o estrategia implementada en la ficha observador del alumno.
Ante la reincidencia de tres faltas leves, el director de grupo citará al estudiante y su acudiente o padre de familia para informarlo de la situación presentada y para el establecimiento de compromisos al respecto, de ello se dejara constancia escrita en la ficha observador del alumno.
En la eventualidad de persistencia en la comisión de faltas leves, el docente trasladará el caso al directivo quien tratará de dar solución a los impares presentados dejando constancia escrita de los procesos adelantados.
En caso de persistir las anomalías disciplinarias el directivo convocará al consejo conciliador (comité de convivencia) para que tomen las determinaciones pertinentes.
El comité de convivencia después de analizado todo el aspecto comportamental del periodo, decidirá cual es la valoración durante el periodo académico dando lugar para asignar el nivel de desempeño superior, alto, básico e incluso bajo de acuerdo a la reincidencia de la misma en el aspecto comportamental.
SANCIONES
Los estudiantes que incumplan sus deberes serán sancionados de la siguiente manera:
- Amonestación en privado.
- Amonestación en público.
- Notificación a los padres de familia o acudientes.
- Privación de actividades extra-escolares.
- Rebaja en comportamiento general.
- Retiro temporal de clase o del establecimiento.
- Cancelación de matricula por un año.
- Expulsión definitiva del establecimiento.
La disciplina y sanción de las faltas tendrán como esencial fundamento la formación de los educandos, la orientación de sus actos por medio de la voluntad; quedan en consecuencia prohibidos los castigos dolorosos y afrentosos y en general todos aquellos que tiendan a deprimir y menoscabar el carácter de la persona.
NOTA: Todo proceso disciplinario debe llevar un seguimiento registrado en el observador del estudiante.
CRITERIOS DE COMPORTAMIENTO DE LOS EDUCADORES
DEBERES DE LOS PROFESORES
- Cumplir la constitución y las leyes de Colombia.
- Inculcar en los educandos el amor a los valores históricos y culturales de la nación y el respeto a los símbolos patrios.
- Desempeñar con responsabilidad, ética y eficiencia las funciones de su cargo.
- Cumplir las órdenes inherentes a sus cargos o aquellas que les impartan sus superiores.
- Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas con las que tenga relación.
- Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones y propósitos de la institución.
- Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes de la escuela.
- Conservar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo.
- Desempeñar su empleo, cargo o función sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones legales.
- Ejecutar las demás funciones que para el personal docente determinen las leyes y los reglamentos.
- No abandonar o suspender sus labores injustificadamente o sin autorización previa.
- Buena presentación personal dentro del establecimiento y en cumplimiento de sus funciones.
DERECHOS DE LOS PROFESORES
El educador de la Institución Educativa tendrá los siguientes derechos:
- No ser discriminado por razón de raza, color, sexo, religión, opinión, política o cualquier otra condición suya.
- recibir capacitación y actualización, profesional permanente y oportuna para el mejor desempeño de su profesión docente.
- Ser atendido en sugerencias y recomendaciones sobre la escuela.
- Recibir ayuda y colaboración de los miembros de la comunidad en actividades para el bienestar y mejoramiento del centro educativo.
- No ser dejado sólo en la organización y dirección de actividades del centro educativo.
- Ser escuchado y asistido en las reuniones del centro educativo.
- A recibir trato justo, adecuado y respetuoso de los demás integrantes de la comunidad educativa.
- no ser agredido verbal ni físicamente, ni ser victima de apreciaciones subjetivas, emocionales, por parte de los estudiantes y padres de familia.
CAUSALES DE MALA CONDUCTA
PARA LOS PROFESORES SON CAUSALES DE MALA CONDUCTA:
- La asistencia al trabajo en estado de embriaguez.
- Prácticas de aberraciones sexuales.
- La malversación de fondos escolares o cooperativos.
- El tráfico de calificaciones, certificados de estudio, de trabajo a docentes públicos.
- La aplicación de castigos denigrantes o dolorosos a los estudiantes.
- El incumplimiento sistemático de los deberes o la violación reiterada de las prohibiciones.
- El uso de documentos o informaciones falsas para inscripción en el escalafón, ascensos en el escalafón o para obtener nombramientos, traslados, licencias o comisiones.
- La utilización de la cátedra para hacer proselitismo político.
- Reincidencia en la impuntualidad al colegio y/o a las clases.
- No entregar la papelería en las fechas indicadas.
- Incumplimiento en las actividades a cargo.
- Quebrantar las normas legales respecto a la higiene y la salud.
- Motivar conflictos entre los compañeros y/o los padres de familia.
- No aplicar las normas contempladas en el manual de convivencia.
- Agredir verbal o físicamente a los compañeros o demás personas de la comunidad educativa.
CRITERIOS DE COMPORTAMIENTO DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES
DERECHOS
Los principales derechos de los padres de familia en relación con la educación de sus hijos son los siguientes:
- Participar en la elaboración de planes, programas, proyectos, reglamentos de la IER.
- Obtener información oportuna sobre las diferentes normas que tienen que ver la formación de sus hijos.
- Vincularse a las actividades curriculares del proyecto educativo
- Participar en la solución de problemas que se presenten con sus hijos de conformidad con el manual de convivencia.
- Recibir oportunamente resultados académicos obtenidos por sus hijos.
DEBERES
- Velar por el cumplimiento de tareas y compromisos de sus hijos.
- Velar para que su hijo tenga todos los útiles y elementos de trabajo.
- Responder por los daños que en el establecimiento ocasione el estudiante.
- Solicitar cada que corresponda, los informes y calificaciones de su hijo o acudientes.
- Asistir a los llamados y reuniones programadas y a las que se estimen convenientes.
- Colaborar con el mejoramiento y progreso de la escuela y con el logro de sus objetivos.
- Enviar puntualmente y aseados a sus hijos.
- Informar mediante excusa y solicitar de manera escrita cualquier ausencia permanente o temporal de los educandos a su cargo.
EVALUACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
Para evaluar la funcionalidad del manual de convivencia se tendrán en cuenta los siguientes niveles:
Permanentemente, en cuanto la vida diaria se regula a la luz de su vivencia y, por lo tanto, se hace necesario adecuarse a lo que el manual contiene.
Ocasionalmente, cuando se presentan situaciones que exigen confrontación.
Semestralmente, en forma más cuidadosa, con la participación de todos los estamentos de la comunidad educativa.
PROCEDIMIENTO FORMAL PEDAGOGICO PARA APLICAR CORRECTIVOS A LOS ALUMNOS.
Los actos de comportamientos inadecuados y/o bajo rendimiento académico deberán orientarse de tal manera que permitan la formación del alumno, lo cual implica darle una oportunidad para ser escuchado, para que reflexione sobre sus actos, para que se responsabilice de ellos y crezca como ser humano.
Para dar correctivos al inadecuado comportamiento de los estudiantes se tendrá en cuenta el siguiente proceso:
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES DE LA FALTA
- La edad, desarrollo psicoafectivo, mental, evolutivo y sus circunstancias personales, familiares y sociales.
- Haber observado buen comportamiento anteriormente.
- Haber obrado por motivos nobles o altruistas.
- Haber confesado voluntariamente la comisión de la falta.
- Haber procurado corregir o evitar los efectos nocivos de la falta, antes de iniciarse la acción disciplinaria.
- El haber sido inducido a cometer la falta por alguien de mayor edad y/o madurez psicoafectiva.
- Haber cometido la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causan dolor físico o psicológico.
- Afección psicológica comprobada siempre y cuando la familia y el estudiante se comprometan con un proceso de intervención profesional fuera de la institución.
CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES DE LA FALTA
- El efecto perturbador de la falta con relación a la marcha institucional.
- Haber incumplido compromisos escritos anteriores con relación al mismo tipo de falta.
- Haber mentido en forma oral o escrita en los descargos para justificar la falta.
- Haber cometido la falta con pleno conocimiento de sus efectos dañosos
- Atribuirle la responsabilidad de la falta a otras personas.
- Reacción de irrespeto ante el señalamiento por la comisión de una falta.
- Haber procedido por motivos innobles o fútiles.
- Haber obrado con complicidad de otras personas.
- Haber cometido la falta para ejecutar u ocultar otra.
- Haber cometido la falta abusando de la confianza depositada en él por sus padres, acudiente, profesores, directivos o compañeros.
- Haber cometido la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas.